Órganos de Control

Contraloría General de la República:

De acuerdo con lo establecido en el artículo 267 de la Constitución Política de Colombia 267, el control fiscal es una función pública a cargo de la Contraloría General de la República, en consecuencia, le corresponde vigilar la gestión fiscal de la administración y de los particulares o entidades que manejen fondos o bienes de la Nación.

Con base en lo anterior, el Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas SINCHI constituye sujeto de control fiscal, cobijándole la Ley 42 de 1993[1], la cual comprende el conjunto de preceptos que regulan los principios, sistemas y procedimientos de control fiscal financiero ejercido por la Contraloría General de la República.

[1] Sobre la organización del sistema de control fiscal financiero y los organismos que lo ejercen.

Revisoría Fiscal:

Tal como lo determinan los Estatutos del Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas SINCHI, la Revisoría Fiscal es la persona (natural o jurídica) elegida por la Asamblea General para periodos de un (1) año, a la cual se le encomienda la tarea de realizar la vigilancia de las actividades económicas y financieras del Instituto, velando porque se ajusten estrictamente a lo dispuesto en las normas legales, así como a las recomendaciones de la Asamblea General y la Junta Directiva.